En un fallo histórico, la Justicia porteña dio lugar a una medida cautelar y ordenó al Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad a concederle la licencia por maternidad a una madre “no gestante” que trabaja en la Policía de la Ciudad. Este reconocimiento de derechos puede sentar un precedente judicial para próximos fallos que exijan distintas parejas en sus derechos por paternidad/maternidad.
Romina Tesone, titular del juzgado N° 1 en lo Contencioso Administrativo y Tributario declaró inconstitucional la postura del Gobierno de negarle la licencia maternidad de 135 días a la mujer policía que había tenido un hijo a través de un vientre subrogante.
El 9 de noviembre, la mujer policía le había solicitado al Jefe de la Comisaría Vecinal 13 A, donde trabajaba, que le conceda una licencia acorde a su carácter de “madre lactante” o “adoptante”. Según se estipuló en la resolución judicial, en el sistema de contratación de la fuerza de seguridad porteña “hay un vacío legal con respecto a la figura que contemple una licencia a la “madre no gestante”. Días después, la mujer tuvo respuesta: el propio Ministerio le había rechazado el pedido.
“Tal exclusión acredita un supuesto trato discriminatorio”, expresó la jueza y advirtió que “la modificación normativa impactaría de modo esencial y mayoritariamente sobre aquellas parejas de mujeres lesbianas o en las que alguno de sus miembros es una persona trans y, por ende, cuenta con una madre no gestante”.
Perrone también consideró que “dada la clara clasificación de categoría sospechosa que contienen las diferenciaciones basadas (o que de hecho impactan) en función de la orientación sexual o cuestión de género de las personas, cabe considerar presuntamente discriminatoria y, por ende, inconstitucional la limitación o restricción de derechos que de tal distinción se deriva”. La jueza argumentó -de acuerdo a la información del portal IJudicial– que “de acuerdo con las directivas del artículo 10 de la CCABA la omisión o insuficiencia de regulación no puede conducir a negar o limitar derechos”.
“La resolución propende a efectivizar la igualdad de los miembros de la familia (con independencia de su género) en el cuidado y asistencia de los hijos e hijas y su equidad en las funciones, coadyuvando a desarmar estereotipos sociales en cuanto a la preeminencia de cualquier progenitor/a frente a otro/a”, concluyó la jueza.