La Justicia ordena suspender a Uber y la AFIP le reclama $ 358 millones en concepto de impuestos y aportes patronales

La justicia porteña volvió a exigir al Gobierno de la Ciudad que suspenda de “modo inmediato” la actividad de Uber y otras empresas similares a las que califica como “empresas de transporte”, concepto que la compañía rechazó al asegurar que no son “un servicio de transporte público de pasajeros”. Por su lado, la AFIP acusa a Uber de una evasión millonaria porque considera que los 60.000 choferes que utilizan la aplicación son trabajadores en relación de dependencia.
“El GCBA deberá adoptar de modo inmediato las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrollen estas empresas en materia de transporte de pasajeros en el ámbito de la CABA”, aseguró en su fallo el titular del juzgado n° 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Víctor Trionfetti, consignó el sitio ijudicial. El magistrado amplió la cautelar presentada por el Sindicato de Peones de Taxis contra el gobierno porteño en abril de 2016, fecha en que comenzó a operar Uber en la Ciudad de Buenos Aires.
Tras el fallo, Uber se definió como “una empresa de tecnología, no es un servicio de transporte público de pasajeros”. Y agregó que “en tres sentencias firmes, los Juzgados 7 y 14 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires confirmaron que la actividad que realizan los socios conductores de Uber no es de taxi ni remis, por lo que no deben habilitarse como tales”.
La plataforma destacó que esos fallos “señalan que (la actividad de Uber) se encuadra en un servicio de transporte que se concreta por intermedio de una plataforma de internet y la cual está regulada por el Código Civil y Comercial de la Nación, no existiendo norma alguna que restrinja o regule esta actividad privada”.
Trionfetti libró un oficio para que la Agencia Gubernamental de Control informe en el plazo de 20 días si la empresa hizo “algún pedido de habilitación para el servicio de transporte público de pasajeros y, en caso afirmativo, informe desde qué fecha y, remita los antecedentes administrativos o copia certificada de los mismos”. A su vez, ordenó al Jefe de Gabinete de la Ciudad, Felipe Miguel, que “informe de manera detallada y en el plazo de 20 días, cuáles han sido las medidas concretas adoptadas por la Administración destinadas a hacer efectiva la medida cautelar” de 2016 que pidió el cese de la actividad de la empresa, la cual “se encuentra firme”. Y en particular, solicitó que precise “cuáles fueron las directivas, planes, protocolos, actuaciones, proyectos y toda otra actividad de gestión en el ejercicio del poder de policía, en coordinación con las distintas áreas del gobierno central y las comunas para garantizar el cumplimiento de la manda judicial”.

La deuda con la AFIP

La AFIP considera que Uber no solo debe impuestos sino obligaciones patronales, ya que considera a sus más de 60.000 conductores como empleados en relación de dependencia. En efecto, el organismo le reclama una deuda de más de $358 millones, compuesta por:

– $112 millones de intereses a la Seguridad Social

– $81 millones de IVA

– $67 millones de Impuesto a las Ganancias

– $43 millones de multas

– $31 millones de contribuciones patronales

– $25 millones de aportes